SANTA CRUZ, EL PARAISO MEGAMINERO

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viernes, 7 de diciembre de 2007

LUCHA EXITOSA EN LOS ANTIGUOS

Amigos argentinos y de América Latina:
Reenviamos este hermoso resultado de la lucha en Santa Cruz, en Los Antiguos, donde nuestros compañeros y amigos como Jorge Faggiano, no aflojarán hasta impedir la destrucción de la Patagonia austral. Los Antiguos se halla en la costa del Lago Buenos Aires, (Palena en el lado chileno), y así lo denominaron desde siempre los pueblos originarios cuyos caciques y ancianos elegían el sitio como morada final esperando la otra vida. Muchas veces fui a Los Antiguos, por distintas circunstancias, y otras tantas crucé a Chile caminando los tres mil metros que nos separan de ese país, aunque las bellezas naturales patagónicas no tienen línea imaginaria fronteriza; nos pertenecen por vínculo de la actividad diaria, por idéntico destino o por nuestra añoranza, sabiendo que cualquier impacto ambiental afecta de igual modo a los pueblos de ambos lados de Los Andes y que nuestro compromiso nos une.
Gracias Jorgito por tu comunicación y por esta ordenanza municipal. Gracias a todos los amigos y compañeros del noroeste de Santa Cruz. ¡VAMOS POR MAS!
Javier Rodríguez Pardo
Movimiento Antinuclear del Chubut . RENACE

Jorge Faggiano <jorgefaggiano@hotmail.com.ar> escribió:
De: Jorge Faggiano <jorgefaggiano@hotmail.com.ar>
A: <machsepa21@yahoo.com.ar>
Asunto: Los Antiguos contra la depredación
Fecha: Thu, 6 Dec 2007 16:30:44 +0000






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CONCEJO DELIBERANTE : SANCIONA ORDENANZA QUE DECLARA A LOS ANTIGUOS “MUNICIPIO NO TOXICO Y AMBIENTALMENTE SUSTENTABLE”


Se aprobó en la Ultima sesión del año del Concejo Deliberante Saliente de la Municipalidad de Los Antiguos, la ordenanza que lo cataloga como "MUNICIPIO NO TÓXICO Y AMBIENTALMENTE SUSTENTABLE" presentada por el mecanismo de sexta banca por un representante de los Vecinos Autoconvocados en Defensa del Lago Buenos Aires y avalada por mas de 200 firmas de vecinos.


La ordenanza con un claro deseo de proteger nuestra localidad de actividades perjudiciales para el perfil agro turístico emprendido por la comunidad local y en defensa de la salud dela población, expresa entre sus considerandos que:
“ toda persona tiene derecho de gozar de un medio ambiente sano y equilibrado y el deber de preservarlo.
Que la protección ambiental contribuye una parte integral de proceso de desarrollo económico.

Que, la conservación del patrimonio natural y la diversidad biológica es una responsabilidad de todos los habitantes que viven en el lugar.Que, el estado municipal debe regular el uso del ambiente y los recursos naturales, la protección de los derechos relativos al ambiente y ejecutar la política ambiental municipal, articulado con otros municipios, con condiciones ambientales idénticas o similares o complementarias.

Que esta comunidad sustenta su desarrollo y progreso en actividades vinculadas a la producción frutícola y el turismo, y fomenta el desarrollo de actividades recreativas de trascendencia regional y nacional, en el valle del Río Los Antiguos y sobre las márgenes del Lago Buenos Aires.
Que para el sector agroproductivo del valle de Los Antiguos, una eventual contaminación pondría en riesgo el cumplimiento de las estrictas normas fijadas para exportar nuestros productos a los mercados internacionales, como el caso de las : EUREPGAP; Tesco Nature´s Choice; BPM; BPA y BCR.
Que es decisión política de este municipio estimular y promover actividades económicas sustentables como el agroturismo, basados en lo que significa el sello PATAGONIA para el visitante.
Que la afectación del medio ambiente producida por la minería a cielo abierto y el empleo de sustancias toxicas en actividades mineras a lo largo de todo el planeta ha generado la necesidad de establecer nuevas normas adecuadas a las nuevas realidades, advirtiéndose que en el derecho comparado la tendencia legislativa se dirige a la prohibición de dichas actividades y a la prohibición del empleo de sustancias tóxicas en la minería…..
Agregando entre otros ítems luego lo siguiente:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS ANTIGUOS SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: DECLÁRASE al Municipio de Los Antiguos "MUNICIPIO NO TÓXICO Y AMBIENTALMENTE SUSTENTABLE".

ARTÍCULO 2º:
En ejercicio de los derechos que le acuerda al Municipio la Constitución de la Provincia de Santa Cruz, en el plazo de 60 (sesenta) días el Departamento Ejecutivo Municipal solicitará a la Secretaria de Medio Ambiente de la Nación , de sus buenos oficios para gestionar e incorporar la zona como “Reserva de Biosfera” de la UNESCO.
Dicha petición municipal podrá ser sustituída por solicitud común a presentar en forma conjunta con los demás Municipios y Comisiones de Fomento de la Comarca Noroeste, en cuyo caso el plazo para presentar la solicitud se extenderá a 120 (ciento veinte) días.


ARTÍCULO 3º: PROHÍBESE en la jurisdicción del Municipio de Los Antiguos en las actividades mineras el empleo de técnicas de lixiviación con sustancias tóxicas y/ o cualquier otra técnica que requiera el uso de explosivos e insumos tóxicos y/o radioactivos..

ARTÍCULO 4º: PROHÍBESE en la jurisdicción del Municipio de Los Antiguos la instalación, operación o funcionamiento de laboratorios de mineralogía, petrográficos, análisis químicos o de cualquier otra naturaleza destinados de modo principal, eventual, esporádico o aisladamente al desarrollo actual o potencial de aquellas técnicas mineras prohibidas en el artículo anterior.

ARTÍCULO 5º: PROHÍBESE en la jurisdicción del Municipio de Los Antiguos el ingreso, trafico, el uso, almacenamiento, comercialización, elaboración, producción, extracción, transporte de toda sustancia tóxica o explosiva incluida en los Anexos I, II y III de la Ley Nº 25.041 destinada a la exploración, explotación o investigación minera metalífera e hidrocarburifera..

Y siguen otros.



Enviado por EL EDITOR el día 05/12/2007



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